La Oración Pública es Constitucional

El Tribunal Supremo de E.U., en su reciente decisión, TOWN OF GREECE, NEW YORK v. GALLOWAY ET ALs, de 5 de mayo 2014 determinó que la oración de invocación en eventos públicos, del gobierno, como asambleas de municipios, ciudades es un acto legítimamente constitucional. No se viola la separación de iglesia y estado.

Cuando el Alcalde de Arecibo, Hon. Carlos Molina anunció los actos de oración y ayuno, comenzó a recibir amenazas y críticas por  sectores, anti democráticos seculares, por lo que AJC hizo sus expresiones en apoyo, al Alcalde.

Los pueblos desde Greece, a Rochester, en New York,  fueron  frívolamente demandados por algunos ciudadanas intolerantes  que alegaron sentirse ofendidas y coaccionadas, porque en las reuniones  de los asambleístas se ora. Alegaron que orar es una violación de la  primera enmienda, ya que el estado  le dio preferencia a los cristianos, en lugar de hacer un acto ecuménico y que se invoque un dios “génerico”. EL tribunal apelativo, decidió en contra de la oración pública. Por lo que los municipios recurrieron al Tribunal Supremo, y éste revocó la decisión del apelativo.

La opinión mayoritaria, suscrita por el controversial Juez Anthony Kennedy  sostuvo el precedente Marsh v. Chambers 463 U. S. 783 del 1983 determinando que es constitucional, orar antes de comenzar las sesiones legislativas. Es una manera  de coexistencia entre el principio de separación de iglesia y estado, y la libertar de religión, según dijo.

El Tribunal dijo que orar, es una práctica de larga trayectoria histórica en la nación, siendo parte  de la herencia y tradición  americana, contemplada por  los padres  de la constitución. Los actos de oración en Greece no abrazan una determinada denominación, ni hace proselitismo,  aunque la mayoría del público era cristiano. La oración intenta proveer un marco solemne y deliberativo a los legisladores, invoca la dirección divina en los asuntos del pueblo, y sigue la tradición del Congreso y de docenas  de  estados.

La decisión fue 5 a 4, dividida ideológicamente.  Los jueces  conservadores  decidieron que la oración pública  es constitucionalmente válida, mientras que para los jueces liberales se viola la primera enmienda. Kennedy expresó que las oraciones no tienen que ser necesariamente neutrales, y que por el contrario ni las legislaturas ni los tribunales están para supervisar y hacer censuras previas del contenido de la oración. Sería una intrusión del gobierno a la libertad  religiosa.

Invocar a Jesús, espíritu santo, cruz, etc. no son palabras ofensivas, ni opresivas  para prácticas no cristianas. En las oraciones impugnadas  también invocaron temas universales como “espíritu de cooperación”.  Kennedy expresó  que no hay base para obligar a que se requiera un mínimo de diversidad de otras religiones. Esto refiriéndose a sinagogas judías. Entre adultos  se  espera una comunidad de tolerancia y devoción aunque no se  esté de acuerdo en asuntos de doctrinas, señaló el Juez.  La oración  más bien sirve a los efectos de reconocer  líderes religiosos y sus instituciones;  su propósito no es excluir ni coaccionar a los no creyentes.

La práctica de oración religiosa de contenido cristiano se remonta al 1999 en ese pueblo de Greece. De acuerdo al historial de dicho pueblo, en ocasiones han orado judíos, Bahai y en otra ocasión un Wicca (religión paga de brujería), que leyó la noticia sobre la controversia de la oración,  exigió participar y se le dio la oportunidad.

A diferencia de las oraciones en Greece, las oraciones públicas boricuas datan del siglo 18, con la rogativa. Y eso sin contar que el escudo de nuestra identidad es de alto contenido religioso y se remonta al 1511, siendo el escudo oficial más antiguo en las Américas. Y que antecede a la constitución norteamericana y  aun la nuestra. La fe cristiana en nuestra patria es tan antigua como nuestra lengua. Esa es nuestra identidad, herencia e historia. Tanto que aun a los ateos más extremistas del país,  se les escapa  decir, Ay bendito! Lo cual es una expresión de tipo de bendición religiosa.

AJC  recalca además que desde la época de George Washington y  el primer Congreso del gobierno federal , el gobierno de la nación norteamericana ha celebrado oraciones. El 17 de abril de 1952 el Presidente Harry Truman firmó la ley del Día Nacional de la Oración. En 1988 el Presidente Ronald Reagan puso la fecha del primer viernes de mayo. En el caso de nuestra Constitución, orar en actos análogos por parte de gobernantes, es cumplir con el deber Constitucional de que para dirigir los destinos del país, gozan de un supremo pacto: “…puesta nuestra confianza en Dios Todopoderoso”.